EL PERMISO DE RESIDENCIA PARA EL CUIDADO DE NIÑOS (APARTADO 3 DEL ARTÍCULO 31 DE LA LEY CONSOLIDADA DE INMIGRACIÓN)
El apartado 3 del artículo 31 de la Ley Refundida sobre Inmigración es una norma fundamental para la protección de los menores que se encuentran en Italia. Según esta disposición, en efecto, el Tribunal de Menores, por motivos graves relacionados con el desarrollo psicofísico del menor, y teniendo en cuenta su edad y